| Botón de muestra, uno ¿entre cuantos? |
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| Escrito por Arturo Damm Arnal |
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Hace un par de semanas leí la siguiente nota, de cuyo asunto yo, posible afectado, ¡como usted!, no tenía noticia. Cito: “Las cuentas bancarias que no hayan tenido movimiento durante tres años pasarán automáticamente a la beneficencia pública, de donde será muy difícil recuperar el dinero, por lo que urge que quienes tienen dinero en esta situación hagan algunos movimientos que las reactiven”. Lo anterior quiere decir que si alguien, quien sea, tiene, por poner un ejemplo, una cuenta de cheques con X cantidad de dinero, y por las razones que sean (que pueden ir desde la imposibilidad de depositar suma alguna, sin la necesidad de retirar ni un peso, hasta la imposibilidad de retirar un peso, sin la necesidad de efectuar algún depósito), no realiza movimientos a lo largo de tres años, en el momento en el cual, una vez cumplido el plazo de los treinta seis meses, sea detectada la falta de movimientos, todo el saldo será otorgado a la beneficencia pública. ¿Con qué derecho? Con ninguno, solamente con el poder para hacerlo, ¡algo muy distinto! Vamos a ver, el respeto a la propiedad privada, y como privada debe ser reconocida la propiedad del dinero depositado en una cuenta bancaria, ¿es cuestión de principio o de plazo? ¿Si se respeta, pero hasta los treinta y cinco meses, treinta días, veintitrés horas, cincuenta y nueve minutos, y cincuenta y nueve segundos, es cuestión de principio o de plazo? Tal disposición, ¿corresponde al Estado de Derecho o es una muestra más de lo que Gabriel Zaid ha llamado Estado de chueco? Ya, ya sé que tres años sin movimientos en una cuenta bancaria son muchos años, y sí, sí caigo en la cuenta de lo poco probable que resulta que, durante tres años, no se mueva una cuenta bancaria, ni por el lado de los depósitos, ni por el de los retiros. Todo eso lo sé y en ello he caído en cuenta. Pero más sé, y más caigo en la cuenta, de que dicho asunto es, no de plazos, ni probabilidades, sino de principio, que en este caso tiene que ver con el respeto irrestricto que la convivencia civilizada demanda del derecho de propiedad, ¡comenzando por el gobierno! ¿Quién fue el que dijo aquello de que el respeto al derecho ajeno es la paz? ¿Desde cuándo está vigente esta “ley”? Desde febrero de 2008. ¿Cuándo se cumple el plazo fatal? En febrero de 2011. ¿A quienes puede afectar? A personas mayores, quienes mueven poco, o de plano no lo mueven, su dinero. ¿Quién fue el genio al que se le ocurrió tal disparate? ¿Quiénes fueron los que lo aprobaron? ¿Quiénes serán los que lo eliminen? Como dice Ricardo Medina, ¡ya basta de ocurrencias! |



